Judicial

Ordenan al ICBF que vigile cumplimiento de fallo de juez de familia

bienestar familiarEl Consejo de Estado tuteló el derecho a tener una familia y a no ser separada de ella, de una menor que no ha podido ver a su papá debido a que su madre ha incumplido el régimen de visitas que fijó un juez de familia en Bogotá.

La tutela fue interpuesta por un padre de familia que pide el cumplimiento del acuerdo de conciliación al que llegó con la madre de la menor y que fue aprobado por un juez, respecto a la custodia, cuidado personal y visitas de la menor a las cuales él tenía derecho, pero que fueron obstaculizadas por la mamá.

Según relató el accionante, él debía recoger a su hija los viernes en el colegio, pero la madre la retiraba horas antes o no la enviaba a la institución e impedía que el padre pudiera verla. Señaló que a raíz de esto, los dictámenes médicos revelaron que la niña tenía problemas de comportamiento por los conflictos de los padres.

La Sección Segunda, con ponencia de la magistrada Sandra Lisset Ibarra Vélez, señaló que en el Código de la Infancia y la Adolescencia se establecieron los mecanismos necesarios para garantizar que las medidas dispuestas por las Autoridades de familia sean eficaces. Recordó además que el Sistema de Bienestar Social está compuesto por todos los organismos y entidades del Estado en virtud del principio de responsabilidad y, especialmente, por los defensores y comisarios de familia, jueces de familia, Policía Nacional y Ministerio Público.

Por tal razón, y teniendo en cuenta que aunque el padre había solicitado en varias oportunidades y a diferentes entidades el cumplimiento de lo ordenado por el juez para que se le permitiera ver a su hija y no lo había conseguido, la Sala le ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que, por intermedio de las defensorías de familia competentes, inicie las actuaciones administrativas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la conciliación, incluso, con la asistencia de la Policía Nacional o la Procuraduría, quienes están facultados para coadyuvar en dicho acatamiento.