?Con el fin de garantizar que no exista limitación alguna para que la población indígena adelante las diligencias de cambio o corrección de nombre, el Ministro de Justicia expidió el Decreto 304 del 24 de febrero último, que elimina los gastos asociados a la escritura pública, a la expedición de copias y demás trámites requeridos.
Como la gran mayoría de indígenas no dispone de los recursos necesarios para solventar costos adicionales, la nueva norma reconoce que tales gastos representan un obstáculo para quienes pretenden modificar su nombre o corregir errores en sus documentos de identidad.
Esta norma complementa el Decreto 1797 del 9 de septiembre de 2015, también expedido por el Ministerio de Justicia, que exoneró a todos los miembros de los pueblos ancestrales del pago requerido para el cambio de nombre.
Sin embargo, dicho Decreto no contemplaba los demás gastos de papelería (como las copias), que eran asumidos por los peticionarios.
Con el Decreto 304 el Ministerio de Justicia reafirma su compromiso con los derechos fundamentales al buen nombre, dignidad e identidad de los miembros de los pueblos indígenas de Colombia.