SOFÍA GAVIRIA CORREA*
En junio del año pasado, doce senadores, representantes de seis partidos, presentamos ante el Consejo de Estado una demanda contra el decreto 1609 de 2013, que iniciaba la enajenación de las acciones de la Nación en Isagén.
Vislumbramos, entonces, un ejercicio de equilibrio de poderes, donde, ante una actuación sin ponderación del Presidente y sus ministros, el legislativo, después de múltiples iniciativas para impedir esa venta, apela al tercer poder, el judicial, con la esperanza de una sentencia a favor de todos los colombianos.
El miércoles pasado, los senadores demandantes comparecimos ante el Consejo de Estado, para la primera audiencia de este proceso de nulidad. Los principales argumentos que expusimos fueron los siguientes:
La motivación del decreto es falsa. Absurdamente, el proceso de enajenación comienza formalmente en el 2013, cuando todavía gozábamos de bonanza petrolera y cuando la economía colombiana estaba en su máximo pico. El Gobierno defendió, en un principio, la venta, argumentando ser el dueño de las acciones, con todo el derecho a venderlas. Posteriormente, el Ministro de Hacienda aseguró que los recursos provenientes de la misma se destinarían para las vías 4G y presentó al país la disyuntiva de que, si no se vendía Isagén, no podríamos tener mejores vías (aunque, cuando se emitió ese decreto no existía todavía el Conpes de las 4G, lo cual evidencia una falsa motivación de fondo, que, por supuesto, anula el decreto). Tiempo después, el mismo ministro indicó que los recursos serían invertidos en una gran financiera y en una fiduciaria y, recientemente, hemos oído que con estos fondos se comprarán unos TES, para amainar el roto fiscal que tiene que enfrentar nuestra economía hoy, tres años después de la firma del decreto.
Pero lo cierto es que el Gobierno no era el dueño de las acciones, sino el administrador de un patrimonio que pertenece a todos los colombianos y que, como administrador, tiene discrecionalidad, pero ésta siempre tiene que estar basada en el postulado de “a mayor discrecionalidad, mayor responsabilidad”. Esta proposición, que no es más que el principio de legalidad, basado en la planeación, eficacia, eficiencia y transparencia, tiene que guiar las decisiones de los funcionarios públicos de alto nivel, especialmente al decidirse la enajenación de la segunda generadora de energía del país, que afecta no solamente la soberanía energética nacional, sino también la protección de bienes tan sustanciales para el Estado como son el agua y el medio ambiente.
Con ninguno de los mencionados principios se cumplió. Como explicamos, el Ejecutivo se ha contradicho múltiples veces intentando explicar la motivación de esta transacción y los datos que ha citado como justificación de su decisión son inexactos, no aportan pruebas técnicas ciertas y tergiversan hechos ampliamente conocidos que, de hacerse públicos, habrían generado la decisión contraria: la de no vender Isagén, una empresa que financiera y económicamente ha crecido sin parar durante el último decenio y cuyas finanzas, en los próximos diez años, van a producir lo mismo que la suma por la cual fue vendida.
Pero, además se incurre en un desvío de atribuciones discrecionales de enajenación, es decir, en un desvío de poder, porque, como todo recurso del Estado debe tener una destinación clara, contemplada en el Plan de Desarrollo o en la Ley de Presupuesto, y como en este caso eso no se cumple, los fondos provenientes de la venta de Isagén se convertirán en “plata de bolsillo”, de manejo discrecional del Gobierno, lo cual invalida el decreto, porque ningún funcionario público, mucho menos los que tienen mayor responsabilidad, tiene discrecionalidad en cuanto al manejo de recursos, cuando este está regulado por la Ley.
Antes de terminar la audiencia, los demandantes pedimos medidas cautelares orientadas a suspender cualquier gasto de recursos provenientes de las acciones vendidas por la Nación y a paralizar la negociabilidad de las acciones que tienen EPM, ETB y hasta el propio fondo Brookfield en Isagén, para que, hasta que no se pronuncie la justicia en las tres acciones legales que todavía hay vigentes a este respecto, no pueda hacerse ningún tipo de adelanto en esa enajenación. Esperamos que el fallo definitivo anule la transacción y sea a favor de todos los colombianos: los de hoy, y, sobre todo, los del futuro.
*Presidenta Comisión de Derechos Humanos del Senado
Codirectora del Partido Liberal