En Colombia no hay persecución judicial contra la oposición: Fiscalía ante la CIDH
En días pasados, algunos miembros del partido político Centro Democrático anunciaron que acudirían a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) porque consideran que diversas investigaciones adelantadas por la Fiscalía General de la Nación son una presunta persecución judicial en su contra. El Fiscal General de la Nación, Eduardo Montealegre Lynett, presentó a la Comisión toda la documentación que soporta las decisiones que adelanta la Fiscalía.
De forma especial Montealegre aportó las pruebas que fundamentaron las actuaciones contra (1) el señor Santiago Uribe Vélez. Esta persona es investigada por los delitos de concierto para delinquir agravado (conformación de grupos paramilitares) y homicidio agravado (la muerte de Camilo Barrientos Durán) por hechos ocurridos en los primeros años de la década de 1990.
La investigación y judicialización de estas graves violaciones a los derechos humanos ha resultado sumamente compleja, entre otras razones, por el asesinato, la intimidación y el soborno de los principales testigos. La detención preventiva se ordenó con estricto apego a las garantías constitucionales y al procedimiento establecido en la ley. Asimismo, fueron respetadas celosamente las exigencias consagradas en la carta para imponer este tipo de medidas, lo cual implicó un estricto análisis de proporcionalidad y un respeto de los fines admitidos en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables.
En el ordenamiento interno, Uribe Vélez cuenta con mecanismos para impugnar la decisión a través de la cual se le impuso medida de aseguramiento. Lo podrá hacer bien sea ante la propia Fiscalía, presentando los recursos ordinarios que considere pertinentes, o acudiendo ante los jueces competentes para que se ejerza el correspondiente control de legalidad.
(2) En relación con las investigaciones que se adelantan contra los ciudadanos colombianos Luis Alfonso Hoyos, Oscar Iván Zuluaga y David Zuluaga, estas tienen origen en la investigación y posterior condena del señor Andrés Fernando Sepúlveda Ardila (10 años de prisión) por los delitos de espionaje, concierto para delinquir, acceso abusivo a un sistema informático, violación de datos personales y uso de software malicioso.
Acerca de Hoyos Aristizabal, la Fiscalía encontró que los elementos materiales probatorios recopilados eran suficientes para acusarlo por los delitos de espionaje, concierto para delinquir, violación de datos personales, acceso abusivo a sistema informático, uso de software malicioso y cohecho por dar u ofrecer.
Sobre los señores Zuluaga Escobar y Zuluaga Martínez, después de ser escuchados en diligencia de interrogatorio se siguen recopilando elementos materiales probatorios tendientes a esclarecer los hechos objeto de investigación.
(3) También es necesario informar a la opinión pública que la Fiscalía General de la Nación de Colombia, entre los años 2011 y 2016, ha investigado y judicializado la defraudación a la Dirección de Impuestos de Colombia (DIAN) por un valor cercano al billón de pesos. Ésta se encuentra asociada a fenómenos criminales de contrabando de chatarra (excedentes industriales), textiles y ganado.
Dentro del modus operandi de la organización criminal, se identificó a James Arias Vásquez como uno de sus máximos responsables y quien aceptó su responsabilidad en varios delitos. En las operaciones comerciales del ciudadano Arias Vásquez se advirtió la existencia de una posible relación con la empresa Ecoeficiencia, de propiedad de los hermanos Tomás y Jerónimo Uribe Moreno, por lo cual en la actualidad se adelanta una investigación para determinar si la relación entre Arias Vásquez y la empresa Ecoeficiencia fue de carácter criminal.
(4) Los ciudadanos Uribe Moreno denunciaron ante la Fiscalía General de la Nación la existencia de presuntas presiones por parte de funcionarios del Gobierno Nacional y del propio ente acusador para que James Arias Vásquez declarara en su contra.
Ante tales manifestaciones, la Fiscalía adelantó las pesquisas necesarias con el fin de establecer la ocurrencia de los hechos denunciados, lo cual, pese a los esfuerzos de la Fiscalía, ha resultado infructuoso pues los testigos directos de las presiones que denuncian los señores Uribe Moreno niegan la existencia de las mismas. Aunado a esto, tampoco ha sido posible verificar la veracidad de lo declarado por los testigos de oídas.
La Fiscalía destaca que todas sus actuaciones, incluida la detención preventiva del señor Santiago Uribe Velez, se ordenaron con estricto apego a las garantías constitucionales y al procedimiento establecido en la ley, y así se puede constatar en los documentos que se aportan a la Comisión. Asimismo, fueron respetadas celosamente las exigencias consagradas en la carta para imponer este tipo de medidas, lo cual implicó un estricto análisis de proporcionalidad y un respeto de los fines admitidos en la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos aplicables.
La Fiscalía recuerda igualmente que en el pasado diversas personas han sido condenadas por jueces y magistrados imparciales e independientes, incluida la Corte Suprema de Justicia, que no dependen funcionalmente de la Fiscalía. Entre estos casos se destacan las condenas contra:
(1) Jorge Noguera, director del DAS entre los años 2002 y 2005, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
(2) Maria del Pilar Hurtado, directora del DAS en 2007, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
(3) Andrés Felipe Arias, ministro de Agricultura entre los años 2005 y 2009, durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
(4) Mauricio Santoyo, jefe de seguridad de la Presidencia de la República durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, quien ante una corte de Virginia (Estados Unidos) que ayudó a paramilitares y narcotraficantes, incluso cuando fue jefe de seguridad.
(5) Bernardo Moreno, secretario general de la presidencia de Álvaro Uribe durante el lapso 2004 y 2010, fue condenado también por interceptaciones ilegales.
En todos esos casos se salvaguardaron los principios y garantías constitucionales, el derecho de defensa y el debido proceso. Las decisiones se encuentran en firme y en ninguna de ellas se evidencia algún tipo de persecución política.
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