Bogotá

ONU Mujeres rechaza revictimización de Rosa Elvira Cely

Rosa Elvira Cely
Rosa Elvira Cely
–Citando en primera instancia un pronunciamiento del secretario general Ban Ki-moon, la Organización de Naciones Unidas, ONU Mujeres, se sumó al rechazo que provocó el concepto emitido por la oficina juridica de la Secretaría de Gobierno del Distrito Capital, en el cual se responsabilizó a Rosa Elvira Cely de su atroz muerte.

“El citado concepto jurídico señala que el ataque sexual y la tortura que causó la muerte a Rosa Elvira fue “culpa exclusiva de la víctima”, lo cual constituye una expresión de tolerancia institucional a la violencia contra las mujeres basada en el género, lo que impide la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, y obstaculiza su acceso a servicios integrales y de calidad, a la justicia y a la reparación”, precisa la organización internacional.

También señala que “el concepto jurídico emitido por la Secretaría de Gobierno de Bogotá va en contravía de los innegables progresos normativos que ha hecho Colombia en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres”.

El comunicado de ONU Mujeres, que inicialmente transcribe e pronunciamiento de Ban Ki Moon, es el siguiente:

“La impunidad por la violencia contra la mujer agrava los efectos de dicha violencia como mecanismo de control de los hombres sobre las mujeres. Cuando el Estado no responsabiliza a los autores de actos de violencia y la sociedad tolera expresa o tácitamente dicha violencia, la impunidad no sólo alienta nuevos abusos, sino que también transmite el mensaje de que la violencia masculina contra la mujer es aceptable o normal”, declaró Ban Ki Moon, Secretario General de Naciones Unidas.

ONU Mujeres Colombia lamenta profundamente el concepto jurídico expedido por la Secretaría de Gobierno de la Alcaldía de Bogotá, con motivo de la demanda que presentó la familia de Rosa Elvira Cely contra dos Secretarías del Distrito Capital, en el marco de un proceso para establecer la responsabilidad de ambas instancias en el desenlace fatal que tuvo el caso. En el mismo, la Secretaría de Gobierno de Bogotá usa argumentos que hacen recaer sobre la víctima la responsabilidad del crimen.

El caso de Rosa Elvira Cely, es conocido en todo el país por el alcance de la crueldad con que fue violada (hasta el punto de causarle la muerte), pero también porque dio lugar a múltiples manifestaciones de rechazo tanto por parte de las instituciones como de la sociedad civil, lo que permitió avanzar hacia la promulgación de la Ley 1761 de 2015 o Ley Rosa Elvira Cely, en honor a la víctima. De esta manera, Colombia entró al grupo de los 11 países en América Latina y el Caribe que cuentan con legislación específica sobre feminicidio.

El citado concepto jurídico señala que el ataque sexual y la tortura que causó la muerte a Rosa Elvira fue “culpa exclusiva de la víctima”, lo cual constituye una expresión de tolerancia institucional a la violencia contra las mujeres basada en el género, lo que impide la realización del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, y obstaculiza su acceso a servicios integrales y de calidad, a la justicia y a la reparación.

El segundo Estudio de Tolerancia Social e Institucional a la Violencia contra las Mujeres, realizado en 2014, define la tolerancia institucional como el “Conjunto de actitudes, percepciones y prácticas de las/os funcionarios públicos que favorecen y perpetúan la violencia contra las mujeres, incluyendo la omisión de los deberes estatales de restitución de derechos, protección, prevención y erradicación así como la perpetración directa de actos de violencia por parte de actores institucionales”. Este estudio muestra cómo todavía persiste la tolerancia institucional a la violencia contra las mujeres, algo que se debe transformar con urgencia.

El concepto jurídico emitido por la Secretaría de Gobierno de Bogotá va en contravía de los innegables progresos normativos que ha hecho Colombia en materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres, toda vez que en la actualidad el país cuenta con al menos tres leyes específicas al respecto (1257/08 por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres; 1719/14, sobre violencia sexual y la 1761/15, sobre feminicidio), además de contar con un Política Pública Nacional de Equidad de género para las Mujeres y el Plan Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencias, y de haber suscrito tratados y convenciones internacionales en la materia, tales como la Convención Interamericana de Belém Do Pará, ratificada por el Estado Colombiano a través de la Ley 248/95.

Esto implica que a pesar del amplio marco jurídico con el que cuenta el país para prevenir, atender y sancionar la violencia contra las mujeres, esto no es suficiente. Mientras no haya una alineación entre dicho marco normativo y su apropiación por parte de las/os servidores públicos encargados de su aplicación, el país no podrá tener avances de fondo en la erradicación del flagelo evitable de la violencia contra las mujeres y de sus múltiples consecuencias para sus víctimas, sus familias y para la sociedad en su conjunto.

Dada la positiva trayectoria de la ciudad de Bogotá en la prevención y atención de la violencia contra las mujeres, ONU Mujeres alienta a la actual Administración de la ciudad, a tomar las medidas necesarias para que el concepto individual de una funcionaria, no empañe dichos esfuerzos.

En este sentido, saluda la decisión del Alcalde de Bogotá de exigir que se revise y rectifique el concepto jurídico.

ONU Mujeres continuará apoyando los esfuerzos del Gobierno Nacional y sus expresiones territoriales por erradicar las violencias contra las mujeres, lo que incluye la transmisión de un mensaje unívoco desde las instituciones y la sociedad: NADA las justifica.