En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, el Ministerio de Transporte socializó la restricción a aplicar para los vehículos de carga para los festivos de noviembre.
DIAS DE APLICACIÓN Y VIAS A NIVEL PAIS
DÍA |
FECHA |
HORARIO |
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“DIA DE TODOS LOS SANTOS” |
“INDEPENDENCIA DE CARTAGENA” |
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VIERNES (Solo para vehículos que salgan de la ciudad de Bogotá) |
4 de noviembre |
11 de noviembre |
16:00 A 22:00 horas |
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SÁBADO |
5 de noviembre |
12 de noviembre |
09:00 A 15:00 horas |
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DOMINGO |
6 de noviembre |
13 de noviembre |
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LUNES |
7 de noviembre |
14 de noviembre |
12:00 A 01:00 horas |
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Vías a restringir:
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NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El viernes 4 de noviembre y viernes 11 de noviembre de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El lunes 7 de noviembre y lunes 14 de noviembre de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.