El Senado de la República aprobó en último debate el Proyecto de Ley de Amnistía, Indulto y Tratamientos Penales Especiales, radicado el pasado 13 de diciembre por el Ministro de Justicia y del Derecho, Jorge Eduardo Londoño, el cual hace parte del anexo 1 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz estable y Duradera.
“La aprobación de este proyecto de ley representa la implementación de los acuerdos de La Habana, ya que los integrantes de las Farc tendrán la posibilidad de ir a las zonas veredales y se inicia todo el proceso. En buena hora el Congreso de la República aprueba esta ley de amnistía y se inicia entonces el proceso de desmovilización y posterior entrega de armas”, indicó el Minjusticia.
La ley de amnistía contempla un mecanismo para anular o extinguir la acción penal, disciplinaria, administrativa y fiscal por conductas relacionadas con el conflicto armado, por delitos políticos, pero nunca procede para delitos de lesa humanidad. Por tanto, los delitos conexos que SÍ serán indultados con esta ley son: violación ilícita de comunicaciones, injuria y calumnia, daño en bien ajeno, falsedad en documento público, concierto para delinquir, amenazas, utilización ilegal de uniformes, espionaje, fuga, fabricación, porte o tenencia de armas de fuego y apoderamiento de aeronaves, siempre y cuando no sea para fines de secuestro.
Luego de esta aprobación, el jefe de la cartera dijo que la amnistía es un olvido de la acción penal, y que serán beneficiarios de esta ley no solo los integrantes de las Farc, sino también de la Fuerza Pública y terceros. “Serán amnistiables única y exclusivamente los delitos políticos y los delitos conexos con esos delitos políticos. Quiero dejar claro que los delitos de lesa humanidad, de guerra, de reclutamiento de menores, estos delitos no serán amnistiables e irán a la Jurisdicción Especial para la Paz”, aseguró.
El Ministro Londoño también explicó que este proyecto se ha aprobado para los agentes del Estado, para que ellos también sean beneficiarios de una libertad condicionada, que estará condicionada al respeto por el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos. “Los agentes del Estado tampoco podrán ser beneficiarios de esa amnistía si cometieron delitos de lesa humanidad, los que se hayan visto vinculados con este tipo de hechos tendrán que ir a la Jurisdicción Especial para la Paz, y luego irán a la Sala de Definición de la Situación Jurídica que será la que resuelva lo relativo con ellos”, señaló el jefe de la Cartera.
En cuanto al narcotráfico, Minjusticia dejó claro que cada caso particular lo tendrá que estudiar y decidir la Jurisdicción Especial para la Paz, la Sala de Definición de la Situación Jurídica y el tribunal especial para la paz, pero hay absoluta claridad en que en todo caso jamás será conexo el delito de narcotráfico si se llevó a cabo con fines personales.
Luego del trámite especial que surtió el Proyecto de Ley en el Congreso, pasará a la respectiva sanción presidencial.