Corte Constitucional salva ‘Fast Track’ pero limita facultades especiales del Presidente
Este jueves la Corte Constitucional decidió tumbar el primer decreto que fue expedido por el presidente Santos, en el marco de la aplicación del Acto Legislativo para la Paz, y puso límites a las facultades especiales otorgadas al primer mandatario.
Sin embargo la Corte también ‘salvó’ en su decisión el mecanismo de ‘fast track’ que se viene aplicando en el Congreso y que da trámite y aprobación de los proyectos de ley que tienen que ver con el desarrollo a los acuerdos de paz firmados con las Farc.
La votación de este jueves fue de 5 a 3 los magistrados que consideraron que las facultades especiales otorgadas al presidente Santos para emitir decretos con fuerza de ley deben ser justificados y argumentados con mayor detalle.
En el decreto 2204 de 2016, según los magistrados: “no estaba justificada la estricta necesidad de utilizar el artículo 2 del Acto Legislativo 01 de 20162″.
Para la refrendación popular los magistrados ejercieron una votación de 6 a 3, y determinaron que el Congreso sí está acreditado para adelantar las leyes vía ‘fast track’, por lo que sí se cumplen los requisitos para expedir estas normas tras la implementación de los acuerdos de La Habana.