Bogotá

Durante la Administración Peñalosa se han legalizado 17 barrios en la ciudad

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Como resultado de un trabajo interinstitucional coordinado por la Secretaría Distrital de Planeación, la administración del Alcalde Enrique Peñalosa ha adelantado hasta la fecha el proceso de legalización urbanística de 17 barrios en Bogotá, ubicados en las localidades de Usaquén, San Cristóbal, Bosa, Fontibón, Suba y Ciudad Bolívar, donde se verán beneficiadas alrededor de 3.124 personas que habitan en 581 lotes.

“Ya legalizados, estos barrios pueden empezar a recibir todos los beneficios de la ciudad formal. Podrán tener acceso al Programa de Mejoramiento Integral, que garantiza la dotación de redes de servicios públicos domiciliarios y la implementación de infraestructura para la prestación de los diversos servicios sociales como salud, educación o recreación, al igual que vías y transporte”, precisó el Secretario Distrital de Planeación, Andrés Ortiz Gómez.

El funcionario explicó además que la legalización urbanística permite obtener licencias para la vivienda y tener acceso a subsidios y créditos. Al reconocer la existencia del asentamiento humano se aprueban sus planos urbanísticos, se expide la reglamentación, y se dan los lineamientos para su mejoramiento.

Barrios que ingresan a la formalidad

En la Localidad de Bosa se legalizaron siete (7) barrios: Bosa La Estación I, La Concepción IV sector, San Pablo II sector Las Margaritas, Azucena I, Jiménez de Quesada III, Argelia Renacimiento, y La Cabaña El Vaticano, los cuales reúnen una población de aproximadamente 1.236 habitantes.

En San Cristóbal se legalizaron Villa Aurora, San Manuel segundo sector, Calvo Sur II y Sagrada Familia II. Al barrio La Selva le fue negada la legalización porque se encuentra en la reserva forestal de los Cerros Orientales.

En Suba entraron a la formalidad los asentamientos Rincón Sector La Escuela I, San Miguel El Cedro, y Tunal Alta I, que albergan 65 lotes, y habitan en promedio 360 personas.

En la Localidad de Usaquén se legalizó el barrio Los Naranjos El Codito; en Fontibón, Torcoroma I; y en Ciudad Bolívar, San Luis La Colmena.

Avanzan procesos de regularización

De igual forma la Secretaría de Planeación efectuó la regularización del barrio San José de Fontibón, ubicado al occidente de la ciudad, que alberga 414 lotes, y aloja a unos 2.200 residentes.

La regularización de un barrio tiene como fin realizar los ajustes urbanísticos y aquellos relacionados con la norma, atendiendo las modificaciones hechas en los espacios públicos originalmente reconocidos cuando el asentamiento fue legalizado.

Ilegalidad, un fenómeno extendido en la periferia de la ciudad

Aproximadamente el 21% del suelo urbano de la ciudad ha sido urbanizado de manera informal. Estos asentamientos se caracterizan por presentar problemas de accesibilidad y conexión con los circuitos zonales y urbanos, los cuales se agravan por la ubicación de algunos de estos barrios en áreas que presentan amenaza y/o riesgo, o bien, por ocupar zonas de rondas y de manejo hídrico de los cuerpos de agua.

También registran déficit de equipamientos sociales como hospitales, colegios, bibliotecas, y tienen necesidad de parques y zonas verdes, entre otros.

El proceso de ocupación irregular del suelo en la ciudad es una dinámica que se manifiesta principalmente en áreas periféricas de la ciudad vulnerables ambientalmente.

Cómo se legaliza un barrio

Acciones previas

Ø La comunidad expresa su interés a la Administración de querer convertirse en un barrio formal.

Ø Luego, los habitantes entregan toda la información y documentación requerida a la Secretaría de Hábitat.

Elaboración del expediente urbano

Ø Con base en esa información, el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos (IDIGER) y la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) realizan estudios con el fin de detectar si el barrio queda en una zona de riesgo o se encuentra en medio de una reserva forestal o área de protección ambiental.

Ø Posteriormente, funcionarios de Catastro y Hábitat, junto con los residentes, verifican las direcciones de los predios, recopilan imágenes de las viviendas y elaboran el levantamiento cartográfico de la situación de hecho existente en terreno, (en donde se definen los predios privados y las zonas de uso público).

Ø Simultáneamente las empresas de servicios públicos domiciliarios como energía, acueducto, alcantarillado y gas, emiten concepto técnico sobre la viabilidad de prestar sus servicios e instalación de redes.

Formalización del procedimiento de legalización

Ø Con esta información consolidada, la Secretaría de Hábitat conforma el expediente urbano del barrio a legalizar, y lo radica en la Secretaría Distrital de Planeación, para que adelante formalmente el procedimiento de legalización urbanística.

Ø Inicialmente la Secretaría de Planeación revisa el contenido del expediente urbano. Si es correcto y está completo, continúa el proceso.

Ø La SDP involucra en el proceso a los diferentes actores implicados, como son los propietarios y/o poseedores de los inmuebles

Ø En la SDP se realiza el correspondiente estudio vial, tendiente a garantizar las intervenciones que posibiliten la movilidad de los habitantes del barrio, a través de una adecuada accesibilidad y conectividad con el transporte público.

Ø También se elabora el estudio urbanístico, a través del cual:

· Se delimita el área que se va a legalizar
· Se establecen las zonas de reserva para la implementación de vías e infraestructura de servicios públicos
· Se determina el ordenamiento del territorio con base en lo determinado por el POT, como son los elementos que hacen parte de la Estructura Ecológica Principal y de suelo de protección por amenaza y riesgo no mitigable; la definición de las normas para el uso del suelo y la edificabilidad; así como las acciones de mejoramiento barrial previstas, entre otros aspectos.
· Se define el plano final del desarrollo.

Ø Para socializar la información con la comunidad, la SDP realiza talleres donde le presenta a los residentes los estudios técnicos realizados en el marco del proceso de legalización, al igual que la propuesta de reglamentación urbanística del barrio.

Ø Finalmente se elabora la resolución y se adopta el plano urbanístico oficial, acto administrativo que posibilita el ingreso a la formalidad del asentamiento humano.