Mediante la expedición del Decreto 1165 de 2019, que acaba de entrar en vigencia, el gobierno nacional busca consolidar la regulación aduanera para facilitar las operaciones de comercio exterior y dictar reglas claras para garantizar el control adecuado de las importaciones y exportaciones a nivel nacional.
Luisa Fernanda Hernández, gerente de Aduanas y Cambios de BDO en Colombia, hace un análisis de esta reglamentación y presenta aquí los principales cambios introducidos por el nuevo Estatuto Aduanero:
Estabilidad Jurídica
Con este nuevo documento, que compila las disposiciones en materia aduanera y deroga las disposiciones anteriores (Decretos 2685 de 1999 y 390 de 2019, al igual que el Decreto 2147 sobre zonas francas), la DIAN recupera la institucionalidad y se cierran las brechas por diferencia de interpretaciones sobre vigencias, al tener un solo documento vigente en su totalidad.
Incorporación y ajuste a definiciones
Incorpora nuevas definiciones como certificación de origen no preferencial, destinatario, inspección previa, mandato aduanero, servicios informáticos electrónicos y sustituye el término operador de comercio exterior por el de usuario aduanero. Se modifican las definiciones deendoso aduanero, medios irregulares, residente en el exterior, tráfico postal, tributos aduaneros y zona primaria aduanera.
Cambios relevantes para las Agencias de aduanas
Estas entrarán a responder administrativamente por las faltas aduaneras que llegaren a cometer o cuando incidan en las faltas en que incurran sus mandantes. También tendrán responsabilidad directa por el pago de los tributos aduaneros y sanciones en los casos que determine la Ley, entre otros.
Bienes de capital
Se disminuye la garantía al 50% y se amplía el término a dos años para los bienes de capital, aeronaves, embarcaciones marítimas o fluviales que ingresen temporalmente al país para reparación o acondicionamiento.
Modalidad de Viajeros
Se amplía el cupo de mercancía para la modalidad de Viajeros de 4.000 a 5.000, así: para el equipaje de franquicia se aumenta el cupo a USD 2.000 y para el equipaje con tributo único también a USD 3.000 y se prescribe el formulario 530 para la declaración de equipaje, dinero y títulos representativos a menos de que el viajero tenga algo que declarar en su ingreso al país.
Economía naranja
Se reafirman incentivos aduaneros, específicamente para la industria audiovisual en cuanto a importación de equipos profesionales de cinematografía, obras audiovisuales de cualquier género y películas cinematográficas, siempre y cuando se cuente con el visto bueno del Ministerio de Cultura.
Legalizaciones y rescate
Se extiende de 15 a 30 días la legalización y rescate de las mercancías, la cual podrá realizarse con o sin pago de rescate, tanto en temas de sobrantes como de errores u omisiones parciales en la descripción de las mercancías.
Centros de distribución logística internacional
Como novedad, se establece que los Centros de Distribución pueden coexistir con depósitos públicos, siempre y cuando el titular del predio sea el mismo dueño del puerto o Aeropuerto, así mismo, se permite que se amplíen a lugares no adyacentes, siempre que el área este ubicada dentro del mismo puerto, aeropuerto o infraestructura logística especializada.
Depósitos públicos
Con el fin de mantener la seguridad aduanera se dispuso que los depósitos públicos puedan almacenar y custodiar mercancía nacional o nacionalizada sin que las mismas deban estar separadas dentro del depósito, pero si deberán poder ser identificadas y ubicadas, electrónicamente, en cualquier momento.
Sanciones
Las sanciones vigentes estaban tasadas en salarios mínimos legales mensuales y ahora, el nuevo decreto las determina en Unidades de Valor Tributario (UVT).