La Secretaría Distrital de Movilidad autorizó a las empresas Grin y Muvo, tras cumplir con las condiciones establecidas para el alquiler de patinetas en el espacio público. Con estas ya son tres las empresas autorizadas para ofrecer este servicio; la primera fue Voom que obtuvo los permisos a finales del año pasado.
Durante más de un año, la Secretaría de Movilidad ha venido trabajando en la regulación de la actividad de alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad, lo que ha permitido avanzar en la autorización de nuevas empresas.
La primera zona autorizada para el alquiler de patinetas en el espacio público está ubicada en las localidades de Chapinero y Usaquén con los siguientes límites: por el norte, la calle 134; por el nororiente, la carrera 7, la carrera 5 y la carrera 2; por el noroccidente, la autopista norte; por el sur, la calle 45; por el suroriente, la carrera 4 y la carrera 7, y por el suroccidente, la avenida Caracas.
En el área demarcada, los usuarios deberán ubicar las patinetas en los 86 cajones demarcados sobre la calzada de vías secundarias o locales, los cuales tienen una capacidad máxima de 30 patinetas cada uno.
En el área no demarcada, las empresas y los usuarios podrán ubicar las patinetas en los segmentos de malla vial local e intermedia autorizados para el aprovechamiento económico del espacio público (donde no esté prohibido parquear). Las patinetas deberán estar ubicadas sobre la calzada en fila única, una detrás de la otra y contiguas al sardinel. Por ninguna razón deben estar ocupando los andenes dado que serán objeto de controles de recuperación del espacio público por parte de la Policía de Tránsito.
Recomendaciones de seguridad vial para usuarios de patinetas:
· Transitar a una velocidad menor o igual a 20 km/h
· Transitar por las ciclorrutas
· Usar el casco abrochado y ajustado
· Usar prendas reflectivas en circulación nocturna
· Verificar que, para la circulación nocturna, la patineta tenga dispositivos en la parte delantera que proyecten luz blanca y en la parte trasera que proyecten luz roja
· No transitar por los andenes
· No transitar por avenidas o vías arterias
· No manipular dispositivos móviles mientras maneja
· No conducir bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas
· No llevar acompañante ni transportar objetos que disminuyan la visibilidad o que incomoden la conducción
Por ser la patineta un vehículo:
· No debe parquearse en andenes, zonas verdes o zonas para peatones
· No debe parquearse en antejardines
· No debe parquearse en vías arterias
· No debe parquearse en ciclorrutas
· No debe parquearse en paraderos del SITP
· No debe parquearse en accesos para personas en condición de discapacidad
Balance del proceso hasta el momento
La SDM ha realizado un trabajo pionero en torno a la regulación de la actividad de alquiler de patinetas en el espacio público, a través de una construcción conjunta con las empresas y personas interesadas en el tema, que ha dejado el siguiente balance frente a la implementación:
Proceso participativo con las empresas de alquiler de patinetas para discutir temas de circulación, operación, seguridad vial e intercambio de información.
Revisión de mejores prácticas internacionales en cuanto a reglamentación y planificación de sistemas de alquiler de patinetas.
Asesoría técnica internacional para evaluar distintas alternativas de uso de patinetas bajo esquemas de movilidad compartida.
Bogotá ciudad miembro de la organización Open Mobility Foundation, la cual apoya el desarrollo de herramientas de gestión de la movilidad urbana a través del estándar Mobility Data Specification (MDS). Actualmente, es la única ciudad Latinoamericana en la organización.
Expedición de normatividad para proteger el espacio público de la ciudad y garantizar la seguridad vial de usuarios y demás actores viales que convergen alrededor de este tipo de sistemas.
Expedición de protocolo para realizar la actividad de alquiler de patinetas en el espacio público de la ciudad bajo parámetros de:
§ Gestión social
§ Uso adecuado del espacio público
§ Transmisión de información a la Administración Distrital
§ Seguridad vial
Recaudo de $1.008.866.150 por el uso del espacio público que serán priorizados para la recuperación, mantenimiento y sostenibilidad del espacio público, de conformidad con el parágrafo del artículo 28 del Decreto Distrital 552 de 2018.
La Secretaría Distrital de Movilidad ha expedido una regulación innovadora y responsable con la ciudad, bajo parámetros de seguridad vial, gestión social, uso adecuado del espacio público y transmisión de información a la administración distrital. Bogotá tiene la puerta abierta a los nuevos modos de transporte sostenible, pero siempre con un compromiso fuerte con la política de Visión Cero de la ciudad, según la cual ‘ninguna muerte en el tránsito es aceptable, todas son evitables’.