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Corte Suprema deja en firme condena del excongresista Oscar Suárez Mira por parapolítica

–La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia notificó en las últimas horas que dejó en firme la condena proferida contra el excongresista Oscar de Jesús Suárez Mira por “parapolítica”, al comprobar que recibió dinero de paramilitares, producto del narcotráfico, como apoyo económico para aspiraciones a la Cámara Representantes en 2002 y al Senado en 2006.

El alto tribunal señaló que confirmó la sentencia al resolver el recurso de apelación interpuesto por el defensor de Suárez Mira contra la sentencia proferida por la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia el 29 de julio de 2020, a través de la cual fue condenado por el delito de enriquecimiento ilícito de
particulares.

Los hechos imputados al procesado Óscar de Jesús Suárez Mira, precisa la Corte, le atribuyen haber recibido apoyo económico personal por parte de Juan Carlos Sierra Ramírez, alias El Tuso Sierra, esto es dineros procedentes de actividades de narcotráfico, entregados a través de Carlos Mario Aguilar, alias Rogelio y Daniel Alberto Mejía, alias Danielito, integrantes de la denominada “Oficina de Envigado”, con miras a la campaña política que lo llevó a la
Cámara de Representantes para el período 2002-2006.

A su vez, igualmente recibir esa clase de recursos, con origen en actividades de narcotráfico, por parte de Rodrigo Pérez Alzate (a. Julián Bolívar), Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias Macaco e Iván Roberto Duque Gaviria, alias Ernesto Báez, paramilitares desmovilizados exintegrantes del denominado “Bloque Central Bolívar”, para su aspiración al Senado de la República en el período 2006-2010, a través de José Danilo Moreno Camelo, alias Alfonso, David Hernández López, alias Diego Rivera y Jairo Ignacio Orozco González, alias Tarazá.

Agrega la Corte que génesis de esta actuación, es la resolución proferida por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema el 4 de agosto de 2011 dentro del proceso 27267 seguido en contra de Óscar de Jesús Suárez Mira por el delito de concierto para delinquir agravado, que dispuso se compulsaran copias en orden a investigar su posible responsabilidad en hechos probablemente constitutivos del delito de enriquecimiento ilícito de particulares.

El 16 de diciembre de 2014, teniendo fundamento en las pruebas allegadas y bajo el entendido que con base en las
mismas se reflejaba un apoyo económico a Óscar de Jesús Suárez Mira por parte del Tuso Sierra y Carlos Mario Aguilar, de recursos provenientes de actividades de narcotráfico para los comicios electorales de 2002 y de Rodrigo Pérez Alzate en las elecciones al Senado de 2006, la Corte decidió abrir formal instrucción en su contra, disponiendo a consecuencia de la misma su vinculación mediante indagatoria, acto que se materializó el 20 de marzo de 2015.

La providencia de la Corte concluye:

Así las cosas, ratificado como lo ha sido por la Sala que no median los motivos de nulidad presentados por el apoderado de Óscar de Jesús Suárez Mira, tampoco los reparos orientados a pretender que el delito de enriquecimiento ilícito de particulares no se ha tipificado, o aquéllos que propugnaban porque los hechos jurídicos imputados ya se habían valorado por la justicia y menos aún aceptar concurrentes las inconformidades relacionadas con pretendidos yerros en los criterios valorativos de las pruebas aportadas, o falencias de dicho orden, pues por el contrario observa la Sala que el contenido material de la conducta que se le ha atribuido, tanto en su dimensión objetiva como subjetiva está debidamente acreditado y permite inferir más allá de toda duda razonable su acaecimiento y consiguiente responsabilidad, la decisión apelada será confirmada.

El exsenador Óscar Suárez Mira fue capturado en 2020 en la ciudad de Medellín, tras ser condenado por la sala de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia a 6 años y 4 meses de prisión por el delito de enriquecimiento ilícito al recibir recursos de miembros de los paramilitares para sus campañas al Congreso de 2002 y 2006.