Colpensiones debe aplicar acumulación de tiempos: Corte Constitucional
La Corte Constitucional, por medio de un comunicado, le hizo un llamado de atención a Colpensiones sobre su jurisprudencia “constitucional relativa a la acumulación de tiempos de servicio”.
Esto se debe a que la Corte concedió amparar los derechos fundamentales a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida digna a un hombre, de 78 años, beneficiario del régimen de transición “A ese comportamiento errático de Colpensiones se une la evidente pretensión de resolver, de modo contrario a la Constitución, la solicitud del accionante. (…) De hecho, se constata en las resoluciones adoptadas un intento por desafiar, sin ni siquiera anunciarlo, la jurisprudencia de la Sala Plena de la Corte Constitucional y de sus diferentes salas de revisión (…)” agrega el documento.
La Corte ordenó a Colpensiones reconocer y pagar la pensión de vejez a favor del adulto mayor, descontando una indemnización otorgada por el accionante por $27.418.668 en el 2020, acordando los términos de devolución de la misma.
También fueron enviadas copias del expediente a la Procuraduría para que ejerciendo sus atribuciones, se lleven a cabo las investigaciones pertinentes.
#LaCorteInforma ?l @CConstitucional advierte a Colpensiones su deber de aplicar la jurisprudencia constitucional relativa a la acumulación de tiempos de servicio.
Boletín T-522/20. Enlace: https://t.co/lOtbAyXIL5 pic.twitter.com/nRTjwARCFG
— Corte Constitucional (@CConstitucional) April 2, 2021
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