Foto: Secretaría de Integración Social
Si una persona está siendo víctima de violencia por razones de género y otras violencias en el contexto familiar, puede llamar a la línea telefónica ‘Una llamada de vida’ (601) 3808400, a través de la cual puede solicitar una medida de protección provisional en situaciones de violencia en el contexto de la familia, que se decreta inmediatamente por una comisaria o comisario de familia, como autoridad competente en el marco de la Ley.
Esta línea funciona de domingo a domingo en horario de 7:00 a.m. a 7:00 p.m., como un canal en el que se orienta a las personas sobre las acciones legales a las que pueden acceder en situaciones de violencia, por razones de género y otras violencias en el contexto familiar. Esto, con el fin de proteger los derechos de las víctimas, entendidos como derechos fundamentales, especialmente en personas de especial protección constitucional como mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas mayores y personas con discapacidad.
Según el registro de atención de este servicio, de enero a abril de 2023 se recibieron 2.681 llamadas; 381 personas se reportaron como víctima; 324 mujeres (85 %) y 57 hombres (15 %).
Luz Myriam Rincón León, comisaria de Familia en Bogotá, adscrita a la Secretaría Distrital de Integración Social, precisó: “Es un mecanismo creado para brindar atención a víctimas de violencia en el contexto de la familia, que permite el acceso a la justicia que se hace a través de Comisarías de Familia. Surgió durante el tiempo inicial de pandemia y se mantiene para favorecer el acceso a la justicia. Las personas reciben atención de personal vinculado a las Comisarías de Familia, quienes indagan sobre los hechos en circunstancias de tiempo, modo y lugar, a partir de los cuales se deciden las acciones legales de protección para iniciar un proceso”.
Agregó, además, que en estas llamadas se identifica a las personas implicadas, tanto víctima como agresor o agresora, su lugar de domicilio o residencia; se precisan circunstancias asociadas a los hechos para poder dar trámite a la acción de protección. Una vez se identifica esta situación, la atención es registrada en una plataforma creada específicamente para este servicio y se traslada a una comisaria o comisario de familia, adscrito al mismo servicio.
Luego de recibir la información y realizar el respectivo registro, se procede a:
• Verificado el cumplimiento de los requisitos de ley, la comisaria o comisario, decreta las medidas de protección de carácter provisional, las cuales en su alcance están en el orden de una tutela y son reglamentadas por la ley. Estas medidas se decretan en el término legal, que es de 4 horas, a partir del momento de la petición.
• Las medidas regularmente comprenden la orden al agresor o agresora, para que se abstenga de agresiones, amenaza, persecución o cualquier forma de violencia, tanto para proteger a la víctima como a sus hijos, en caso de que los haya, para evitar que sean instrumentalizados.
• Esta medida de protección también ordena a las autoridades de policía para que presten protección especial a la víctima, sea en su lugar de trabajo, su lugar de residencia o donde se encuentre. Igualmente puede ordenar a otras entidades acciones para proteger a la víctima.
• Plantea también la posibilidad de que la víctima sea ubicada en Casa Refugio, como medida de atención que debe ejecutar la Secretaría de la Mujer., ubicación que debe ser expresamente aceptada por la víctima, en respeto a su autonomía, que es también un derecho fundamental, evaluando si tiene red de apoyo familiar o social para prevenir un nuevo hecho violento o evitar que se concrete una amenaza.
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• En el momento en que se registra la solicitud y se otorga una medida de protección provisional, se informa a la Fiscalía para iniciar simultáneamente la investigación del delito por los hechos de violencia en el contexto de la familia y se traslada, tanto a las autoridades de policía, como a la Comisaría de Familia que corresponde al lugar de residencia de la víctima, la que debe continuar con las diligencias.
• Dichas diligencias comprenden la realización de una audiencia, el trámite de pruebas y demás acciones necesarias para determinar una medida definitiva de protección y posteriormente continuar el seguimiento, para verificar su cumplimiento.
Dependiendo de los hechos que se reportan y las medidas que se consideren necesarias para evitar la repetición de los hechos violentos, se articula con otras entidades del Distrito.
Durante 2022, en Comisarías de Familia se atendieron más de 140.000 personas; 40.236 fueron víctimas de violencia en el contexto familiar y de ellas, 73 % fueron mujeres; 28 % niñas, niños y adolescentes. Un análisis comparativo entre 2021 y 2022, evidenció un incremento del registro de la violencia en el contexto familiar hacia las niñas, niños y adolescentes de, aproximadamente, un 45 %; hacia las mujeres hubo un incremento del 25 %.