Justicia

Fake News: Corte Suprema no abrió investigación contra el fiscal Francisco Barbosa

En abril de 2023, el periodista Gonzalo Guillén acusó al fiscal general, Francisco Barbosa, y a otros funcionarios, de supuestamente “encubrir” presuntos asesinatos cometidos por la banda “Clan del Golfo”.

Tras la denuncia, usuarios en redes sociales han compartido más de 4.000 veces un documento de la Corte Suprema de Justicia y afirman que ese tribunal abrió una indagación contra Barbosa. Pero el oficio no anuncia un proceso contra el fiscal, pues ese organismo no tiene competencia para hacerlo.

“Refrescante noticia: La Corte Suprema abrió investigación contra el Fiscal Barbosa y otros, por delitos tales como homicidio agravado, desaparición forzada agravada, concierto para delinquir, por denuncia interpuesta por el periodista Gonzalo Guillén”, señalan  entradas en Twitter. Afirmaciones similares también se comparten en Facebook.

A través del medio de comunicación Nueva Prensa, el periodista Gonzalo Guillén denunció el 26 de abril de 2023 que la Fiscalía colombiana se negó a investigar las amenazas y el posterior asesinato de 200 personas presuntamente a manos de la banda “Clan del Golfo”, el mayor cartel en Colombia.

La denuncia fue replicada por el presidente Gustavo Petro, quien pidió al titular de la Fiscalía, Francisco Barbosa, entregar un informe sobre el caso.

No se abrió investigación

Las entradas virales difunden el “Oficio 00895” de la Sala Penal de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, firmado el 15 de mayo de 2023, dirigido al fiscal Barbosa.

“(…) por medio del presente me permito correr traslado para lo de su competencia, de la denuncia interpuesta por el periodista y veedor público, GONZALO GUILLEN JIMENEZ, en contra del doctor Francisco Roberto Barbosa Delegado, Fiscal General de la Nación”, dice un fragmento del documento.

En el texto se lee que la “denuncia penal” fue interpuesta por Guillén ante la Corte el 29 de abril de 2023 por el supuesto “encubrimiento, complicidad y la coparticipación en más de 200 homicidios perpetrados por la banda criminal el Clan del Golfo”.

Una búsqueda en la plataforma de consulta abierta de procesos en la página web de la Corte Suprema de Justicia no arrojó resultado de ninguna acción legal  en curso contra el fiscal Barbosa. El proceso más reciente es una acción de tutela remitida a la Corte Constitucional el 6 de noviembre de 2022.

Consultada por la AFP, la secretaría de la Sala de Primera Instancia de la Corte confirmó que el documento difundido en redes es auténtico, pero negó que refiriera a la apertura de una investigación, pues la entidad no tiene competencia para ello.

“El oficio 00895 del 15 de mayo de 2023 emanado de Ia Secretaria de la Sala no alude a la apertura de una investigación penal en contra del Fiscal General de la Nación por parte de la Corte Suprema de Justicia, toda vez que esta Corporación no cuenta con competencia para el efecto, sino al cumplimiento de la decisión de correr traslado a Ias autoridades competentes para conocer de la denuncia formulada por el periodista Gonzalo Guillén”, explicó el tribunal.

Ese organismo compartió a la AFP la versión completa del oficio:

¿Qué significa “correr traslado”?

La Real Academia Española explica el término “correr traslado” como una “fórmula que se emplea en el lenguaje jurídico de algunos países americanos con el sentido de ‘poner en conocimiento de la otra parte procesal un escrito judicial’”. El procedimiento de traslado de la demanda en Colombia está estipulado en el artículo 91 del Código General del Proceso.

“‘Correr traslado’ es poner un caso en consideración de otra parte. En este caso, el periodista presenta la denuncia a la Corte Suprema de Justicia, la Corte lo que hace es estudiar el caso, y una sala de decisión dice ‘vamos a correr traslado para su competencia’”, explicó a la AFP Germán Lozano, abogado especialista en Derecho Constitucional.

La secretaría de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia explicó a AFP Factual que el organismo “únicamente tiene competencia para juzgar, es decir, adelantar la etapa del juicio y dictar sentencia a los aforados que sean acusados por el fiscal General de la Nación o por sus delegados ante la Corte Suprema de Justicia, o por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, o por la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara”.

¿Quién investiga al fiscal general?

“Las denuncias contra el presidente, el fiscal general y los magistrados de las Altas Cortes se deben dirigir ante la Comisión de Investigación y Acusaciones de la Cámara de Representantes, que es la instancia que en primer lugar atiende esas denuncias”, explicó Lozano.

Si la demanda es aceptada en primera instancia por la Cámara, el fiscal quedaría suspendido de su cargo y el caso pasaría a un juicio político en el Senado, que podría poner al fiscal a disposición de la Corte Suprema si considera que se ha cometido un delito.

Así lo señala el concepto 508991 de 2020 del Departamento Administrativo de la Función Pública: “Corresponde entonces al Senado de la República juzgar al Fiscal General de la Nación por faltas cometidas en el ejercicio de su cargo, y a la Corte Suprema de Justicia cuando se halle incurso en la comisión de delitos”.

En el concepto es citada la sentencia constitucional C-558 de 1994, la cual indica que el fiscal general de la Nación “goza de fuero constitucional para efectos del adelantamiento de investigaciones disciplinarias”.

“La acusación formal en el Senado puede dar tránsito a que se tramite ante la Corte Suprema de Justicia el proceso para el juzgamiento penal. Es un proceso bastante complejo porque el fiscal [general] tiene ese fuero especial, a diferencia de los otros fiscales que tienen otro trámite diferente”, concluyó Lozano.

Por lo tanto, el texto de oficio que se hizo viral pretende “correr traslado” de la denuncia contra el fiscal general a la entidad correspondiente que es, en este caso, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes.

“En consecuencia, [a la Corte Suprema de Justicia] no le corresponde iniciar una instrucción por los hechos denunciados por el periodista Guillén Jiménez, ni atender peticiones de pruebas u otras relacionadas con el trámite de los procesos penales que lleguen a iniciarse a raíz de esta denuncia, lo cual corresponde a otras autoridades dentro del marco de sus competencias”, agregó la secretaría de la Corte. AFP