Corte dio visto bueno a la extradición a EE.UU de Sebastián Meneses, hijo de alias “don Mario”, para ser juzgado por narcotráfico
–La Corte Suprema de Justicia informó este martes que la Sala Penal emitió concepto favorable a la extradición a Estados Unidos de Sebastián Meneses Toro, hijo del excabecilla del cartel del golfo Daniel Rendón Herrera, más conocido como “don Mario”, acusado en el país del norte por supuestamente dirigir una organización criminal del narcotráfico en Colombia, Panamá y Costa Rica.
Meneses Toro, oriundo de Chigorodó (Antioquia), más conocido con los alias de “Julián”, “Sebas” o “Cachorro”, con 25 años de edad se convertirá en el colombiano más joven que es extraditado a los EE.UU. Es solicitado por la Corte del Distrito Sur de California para juzgarlo por los delitos de concierto para delinquir y tráfico de narcóticos.
Meneses Toro fue capturado en agosto de 2022, al llegar a Colombia en un vuelo proveniente de Dubai, Emiratos Árabes.
El Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, mediante Nota Verbal, solicitó el 24 de junio del 2022 la captura de Meneses Toro y posteriormente, el 20 de octubre de esa anualidad, formalizó el requerimiento de extradición.
La Corte establece que no se tiene conocimiento de que Meneses Toro esté siendo procesado o haya sido juzgado en Colombia por los mismos hechos que motivan la
solicitud de extradición, pues en respuesta al requerimiento efectuado a la Fiscalía General de la Nación y a la Dirección de Investigación Criminal e Interpol DIJIN, ambas entidades refirieron que una vez consultada la información sistematizada de antecedentes, el ciudadano reclamado no registra actuación penal por los mismos hechos en territorio colombiano.
Como en todos los casos de extradición la Corte advierte que si el Gobierno Nacional concede la extradición, deberá exigir al Estado requirente que garantice al reclamado su permanencia en la nación requirente y el retorno a
Colombia en condiciones de dignidad y respeto de ser sobreseído, absuelto, declarado no culpable o eventos similares; incluso, después de su liberación por haber cumplido la pena que le fuere impuesta.
Del mismo modo, le corresponde exigir que el solicitado no sea juzgado por hechos anteriores al 17 de diciembre de 1997 ni distintos a los que motivan la solicitud de extradición, esto es, a los ocurridos entre marzo de 2019
y el 7 de junio de 2022 -fecha de la acusación foránea-.
Tampoco será sometido a sanciones distintas de las impuestas en la eventual condena, ni a penas de muerte, destierro, prisión perpetua o confiscación, desaparición forzada, torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Finalmente, señala la Corte, el tiempo que Sebastián Meneses Toro permanezca privado de la libertad por cuenta del trámite de extradición deberá serle reconocido como parte cumplida de la posible sanción que se le imponga.