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Directiva presidencial ordena respetar promover, facilitar y garantizar actividades de personas, colectivos y organizaciones que defienden y promueven los derechos humanos

–El presidente de la República, Gustavo Petro, expidió una directiva en la cual insta a todas las autoridades a respetar promover, facilitar y garantizar las actividades de las personas, colectivos y organizaciones que defienden y promueven los derechos humanos.

La directiva ordena a las autoridades “abstenerse de cuestionar la legitimidad de las personas, colectivos y organizaciones defensoras de derechos humanos que operan de conformidad con la Constitución Política y la ley, incluyendo la eliminación de estereotipos y sesgos de género, étnico o de otro tipo”.

“Definir e implementar políticas públicas y medidas encaminadas a promover el respeto, la garantía, la promoción y la protección para que quienes se dedican a la defensa de los derechos humanos puedan llevar a cabo su labor en un entorno propicio y libre de amenazas, con la debida incorporación de los enfoques diferenciales, étnico, de género, feminista, territorial e interseccional”, se precisa en la directiva presidencial.

El Gobierno nacional “reconoce que las personas defensoras de derechos humanos enfrentan comúnmente distintos tipos de riesgos y agresiones como consecuencia de su trabajo de defensa que, además, se agudizan especialmente para las mujeres defensoras. Tales como amenazas, diferentes formas de hostigamiento, incluyendo vigilancia y control, estigmatización, criminalización, torturas, secuestros, desapariciones forzadas y, la forma más extrema de violencia en su contra, asesinatos”.

La Directiva Presidencial 07 con fecha 13 de diciembre está dirigida a la Vicepresidenta de la República, los ministros del Despacho, los directores de Departamentos Administrativos, los directores de entidades descentralizadas del orden nacional, al Comandante de la Fuerzas Militares, al Comandante del Ejército Nacional de Colombia, al comandante de la Armada Nacional de Colombia, al Comandante de la Fuerza Aérea Colombiana y el Director general de la Policía Nacional.

Igualmente el “Gobierno nacional reconoce y valora el esfuerzo y la perseverancia de las personas defensoras de derechos humanos, líderes y lideresas sociales de diversas áreas, entre ellas, de género, grupos étnicos, comunidades, ambientalistas y del territorio, junto con las organizaciones a las que pertenecen. Se considera que su labor contribuye al fortalecimiento del Estado Social de Derecho, la participación democrática y la paz”.

El presidente de la República instruye a las entidades gubernamentales “promover en sus declaraciones, cuando sea pertinente, el reconocimiento, y respeto hacia la labor propia de las personas defensoras de derechos humanos y que ejercen liderazgos sociales, étnicos, ambientales y de defensa de los territorios, y las organizaciones o colectivos de la sociedad civil a las cuales pertenecen, así como reconocer su legitimidad e importancia”.

Así mismo se les solicita a “facilitar el desarrollo de la labor de defensa de los derechos humanos en distintos escenarios, a fin de garantizar, por ejemplo, el acceso a la información pública de conformidad con la Ley 1712 de 2014; el acompañamiento en escenarios de protesta social; las acciones de verificación de la situación de las personas privadas de la libertad, entre otras acciones propias de la defensa de los derechos humanos”.

Finalmente “Se insta a las demás ramas del poder público, a los entes autónomos, los organismos de control y vigilancia y las entidades territoriales a adoptar las medidas de esta directiva, u otras medidas efectivas, para que se reconozca y difunda el gran valor de la labor que realizan quienes defienden los derechos humanos y las obligaciones del Estado con ellos(as), al igual que para prevenir y disminuir el riesgo de las personas defensoras de derechos humanos, sus colectivos y organizaciones; así como garantizar su protección de forma oportuna, idónea y efectiva, teniendo en cuenta lo establecido en la normatividad vigente”.