JEP le niega la libertad transitoria al general (r) Santoyo por insuficientes aportes a la verdad
–(Foto red social X).La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, notificó este miércoles que le negó el beneficio de libertad transitoria, condicionada y anticipada al general retirado de la Policía Nacional Mauricio Santoyo Velasco. “La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas considera que sus aportes de verdad presentados en audiencia el pasado 21 de marzo no son suficientes”, precisó.
Sin embargo, la justicia transicional le dio un plazo de diez días para cumplir por escrito su obligación de hacer aportes efectivos a la verdad y si no lo hace se expone a ser expulsado y sus procesos regresarían a la justicia penal ordinaria.
“La sala le ordena ampliar por escrito de manera inmediata sus aportes de verdad como parte del seguimiento y evaluación de su régimen de condicionalidad. En caso de incumplir podría ser expulsado de esta Jurisdicción
Jurisdicción Especial para la Paz”, puntualiza la JEP
Añade que el compareciente Santoyo actualmente permanece con el beneficio de privación de la libertad en unidad policial que le fue concedido por la JEP.
Santoyo Velasco, que hizo parte durante 30 años de la Policía Nacional (hasta 2009), fue jefe de seguridad del expresidente Álvaro Uribe. La JEP aceptó el somiento del oficial retirado el 28 de febrero de 2020, teniendo en cuenta su presunta participación en la desaparición de dos miembros de la organización Asociación de Familiares de Detenidos – Desaparecidos (Asfaddes) y su presunta relación con las llamadas autodefensas unidas de Colombia, hechos por los cuales fue privado de la libertad.
La Jurisdicción Especial para la Paz admitió el sometimiento de Santoyo por un nuevo proceso penal adelantado por la jurisdicción penal ordinaria por la presunta comisión de los delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, luego de verificar que los hechos se cometieron antes del 1° de diciembre de 2016 y que guardan una relación con el conflicto armado.
Al analizar lo último, la SDSJ concluyó que “la obtención de un enriquecimiento personal no fue el propósito determinante para ejecutar las acciones delictivas por las que es investigado el compareciente”, sino que, por el contrario, “el compareciente se inmiscuyó decidida y permanentemente en la ejecución de conductas que en distintas épocas favorecieron la actividad delincuencial del paramilitarismo”, conclusión a la que también llegaron las fiscalías que conocieron los dos procesos penales que se adelantan en su contra.
En el contexto descrito, la SDSJ concedió a su favor el beneficio de la privación de la libertad en unidad policial, donde está actualmente privado de la libertad.
La Fiscalía General de la Nación señaló que, antes de que fuera extraditado a Estados Unidos, el oficial aceptó voluntariamente que participó en la “interceptación de líneas telefónicas”, en su calidad de “comandante del Gaula Urbano de Medellín con la finalidad de que el paramilitarismo ejecutara sus operaciones”.
También la Fiscalía cita los testimonios rendidos por postulados de Justicia y Paz quienes aseguraron que “para la época de dichas desapariciones el hoy General Santoyo Velasco prestaba colaboración a las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá [con la] interceptación de llamadas para posterior seguimiento y vigilancia de personas”, y asociaron el nombre de Asfaddes de manera inmediata al nombre de Santoyo.
El 26 de abril de 2019, la Fiscalía le impuso medida de aseguramiento a Santoyo, la cual fue ejecutada tres días después cuando el general fue deportado de Estados Unidos, luego de ser procesado por apoyar a grupos paramilitares, delito que reconoció en ese país.