Nacional

La JEP fija ruta No sancionatoria para resolver situación juridica de más de 6 mil comparecientes implicados en «falsos positivos»

–La Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, anunció este miércoles que implementó la «Ruta No Sancionatoria» para resolver la situación juridica de forma definitiva de más de 6 mil comparecientes relacionados con muertes de civiles en ilegítimamente presentados como bajas en combate, esto es, en «falsos positivos», que no fueron seleccionados o no serían seleccionables como máximos responsables de graves crímenes.

Para adoptar decisiones que definan sin sanciones la situación jurídica de los procesados, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP exigirá a cambio que aporten verdad, reconozcan responsabilidad si la tienen o existen pruebas que la comprometan, realicen actos de reparación a las víctimas y ofrezcan garantías de no repetición.

En la JEP, en el proceso de definición jurídica, están por un lado aquellos que fueron seleccionados e imputados como máximos responsables en crímenes de guerra y de lesa humanidad y, por el otro, quienes no tuvieron una participación ni un rol determinante en la comisión de estos graves crímenes, que son los que cobijará la Ruta No Sancionatoria.

En estos últimos casos, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP exigirá a los comparecientes que aporten verdad, reconozcan responsabilidad si la tienen o existen pruebas que la comprometan, realicen actos de reparación a las víctimas y ofrezcan garantías de no repetición.

La JEP indicó que para desarrollar la «Ruta No Sancionatoria», la Sala de Definición, con sus seis magistrados titulares, se ha organizado estratégicamente en seis subsalas regionales, que abarcan todo el territorio nacional, para conocer de los crímenes relacionados con muertes de civiles presentados ilegítimamente como bajas en combate.

La JEP explicó que solucionar la situación jurídica es saldar las cuentas de verdad y reparación con las víctimas y con la justicia. En el caso de los máximos responsables es necesario que acepten su responsabilidad por los crímenes cometidos, para que sean favorecidos con una sanción propia.

Agregó que su situación judicial se resolverá cuando cumplan con la sanción que imponga la Sección de Primera Instancia para casos de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad del Tribunal para la Paz.

Estableció que los «No máximos responsables o partícipes no determinantes», ingresarán a la ruta para definir si son merecedores de los beneficios no sancionatorios que otorga la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, o de sustitución de la sanción por una sanción propia o alternativa para los condenados, que también la inicia esa Sala y culmina en la Sección de Revisión, para lo cual deben cumplir con varias condiciones como aportar verdad plena a las víctimas, realizar acciones de reparación proporcionales y relacionadas con el daño que les causaron tanto a ellas, como a las comunidades de las que formaban parte, además de ofrecer garantías de no repetición.

Tales rutas permitirán a las víctimas reivindicar sus derechos a la verdad y reparación, mientras que los comparecientes podrán saldar sus deudas con la justicia y reintegrarse a la sociedad, para allanar el camino hacia la reconciliación y la construcción de paz.

La Ruta No Sancionatoria, que ha iniciado con los comparecientes relacionados con los crímenes cometidos contra civiles presentados en forma ilegítima como dados de baja en combate que no fueron seleccionados o no serían seleccionables en el caso 03 por la Sala de Reconocimiento de Verdad, culminará, precisa la JEP, si los comparecientes cumplen con las condiciones que exige la ley, con la renuncia a la persecución penal, la extinción de las sanciones que les hayan sido impuestas, así como con la extinción de sus antecedentes penales y disciplinarios, según fuere el caso, o bien con la solicitud ante la Sección de Revisión para que sea sustituida su sanción.

No obstante, advierte que en caso de incumplimiento, perderán los beneficios provisionales de libertad que les hayan sido concedidos, pueden ser remitidos a la ruta adversarial ante la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP, o ser expulsados de la Jurisdicción.

La JEP resasltó que la Ruta No Sancionatoria se ha diseñado atendiendo los estándares internacionales que garantizan que los crímenes de guerra y de lesa humanidad no queden en la impunidad. Por esta vía se abordan las mismas conductas por las que son imputados los máximos responsables en la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, a quienes les será impuesta una sanción por el Tribunal para la Paz.

En consecuencia, subrayó, si bien los comparecientes que no fueron máximos responsables de las conductas más graves y representativas pueden ser beneficiados con medidas no sancionatorias, ello dependerá de que satisfagan los derechos de las víctimas a la verdad y la reparación, además de que ofrezcan garantías de no repetición.

La ruta empezó a trazarse con los comparecientes que no fueron seleccionados como máximos responsables por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad, RVR, en los crímenes de muertes de civiles presentados en forma ilegítima como bajas en combate en Dabeiba (Antioquia), quienes participaron en la Audiencia de Reconocimiento realizada en junio de 2023.

Se implementará y continuará en la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, SDSJ, con una audiencia reservada y dos audiencias públicas de seguimiento al régimen de condicionalidad, que serán realizadas los días 22 y 24 de mayo, en las cuales se exigirá la ampliación de aporte a la verdad y propuestas de acciones restaurativas a los comparecientes que no fueron considerados como máximos responsables en asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como falsas bajas en combate en Catatumbo, Norte de Santander, y Casanare.

Estas diligencias forman parte de una serie de actividades judiciales y pedagógicas que inició la Sala desde el pasado 20 de mayo con la presencia del jurista español, Carlos Castresana, experto en Justicia Transicional, excandidato a fiscal de la Corte Penal Internacional, CPI, quien presentó un informe que contiene el fundamento normativo y jurídico, internacional y nacional, de las rutas no sancionatorias y de las decisiones judiciales que resuelven de manera definitiva la situación jurídica de los comparecientes ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

Según la JEP, la importancia de esta ruta, además de procurar satisfacer los derechos de las víctimas, es que luego de que se resuelva la situación jurídica de los comparecientes, estos podrán reintegrarse a la sociedad de manera efectiva, conseguir un trabajo u ocupación digna que les permita tener un proyecto de vida para ellos y sus familias, alejándolos en los posible de situaciones de vulnerabilidad que puedan hacerlos presas de redes de mercenarios o estructuras ilegales.

La Ruta No Sancionatoria adicionalmente tiene un componente restaurativo o de actividades y trabajos de contenido reparador para la sociedad, como los que se vienen realizando en Bogotá, Antioquia y Nariño, bajo el liderazgo de la JEP y a los que se han vinculado voluntariamente varios de los comparecientes de esta Jurisdicción.

¿Cómo funciona la Ruta no Sancionatoria?

A medida que la Sala de Reconocimiento de Verdad selecciona e imputa a los máximos responsables en graves crímenes de guerra y de lesa humanidad, quienes quedan sujetos a la sanción que les imponga el Tribunal para la Paz, le corresponde a la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas estudiar los procesos de aquellos comparecientes que no fueron seleccionados como máximos responsables o no serían seleccionables, porque su participación fue menor, que son la mayoría. Se trata, por ejemplo, en relación con el caso 03 de la SRVR, de aquellos comparecientes de la fuerza pública que dispararon sus armas y gastaron munición para simular combates; quienes cambiaron las prendas de vestir a las víctimas y les pusieron armas; aquellos que alteraron las escenas de los hechos; o que incurrieron en falsedad en las órdenes o informes para dar apariencia de legalidad; así como aquellos que ofrecieron testimonios falsos para encubrir estos hechos.

Subsalas de la Ruta No Sancionatoria

Para conducir la Ruta No Sancionatoria de los comparecientes no seleccionados o no seleccionables por la SRVR, vinculados con los patrones macrocriminales de muertes de civiles presentados en forma ilegítima como dados de baja en combate, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas distribuyó el trabajo de sus seis magistrados titulares en seis subsalas regionales, que abarcan todo el territorio nacional. De esta manera se pretende resolver la situación jurídica de más de 6.000 comparecientes relacionados con tales crímenes, entre los que se encuentran miembros de la fuerza pública, agentes del Estado no integrantes de la fuerza pública y terceros.

Ellas son las siguientes:

-Subsala Costa Caribe: conoce de las conductas realizadas por o con miembros de la fuerza pública que hubieran estado adscritos al Batallón de Artillería ‘La Popa’ durante los años 2002 a 2005; así como al Batallón de Contraguerrillas N°79 (BCG 79) de la Brigada Móvil No. 11 (BRIM 11) y al Batallón de Contraguerrillas N°26 ‘Arhuacos’ (BCG 26) de la Brigada 17, por hechos perpetrados entre los años 1997 y 2006 en el departamento de Antioquia. Esta subsala tiene alrededor de 420 comparecientes.

-Subsala Catatumbo: le corresponde resolver la situación jurídica de los comparecientes adscritos o vinculados con la Brigada Móvil 15 (BRIM 15), al Batallón de Infantería N°15 ‘General Francisco de Paula Santander’ (BISAN) y a las demás unidades militares que hubieran operado en Norte de Santander, estén priorizadas o no por la Sala de Reconocimiento. Esta subsala tiene alrededor de 500 comparecientes.

-Subsala Casanare: conoce de las conductas punibles realizadas por comparecientes adscritos o relacionados con la Brigada XVI y las demás unidades militares que hubieran operado en Casanare, estén o no priorizadas por la Sala de Reconocimiento. Esta subsala tiene alrededor de 380 comparecientes.

-Subsala Primera de la Ruta No Sancionatoria para miembros de la fuerza pública y otros (SUB1NSFP): conoce de los crímenes que se atribuyan a comparecientes adscritos o vinculados con unidades militares en los departamentos de Atlántico, Bolívar, Cauca, Cesar, Huila, La Guajira, Magdalena, Sucre y Tolima, estén o no priorizados por la Sala de Reconocimiento, incluidos los hechos perpetrados por miembros del Batallón de Artillería N°2 ‘La Popa’ antes del año 2002 y después del año 2005.

-Subsala Segunda de la Ruta No Sancionatoria para miembros de la fuerza pública y otros (SUB2NSFP): conoce de los crímenes que se atribuyan a comparecientes adscritos o vinculados con unidades militares en los departamentos de Antioquia, Chocó, Córdoba y Valle del Cauca, estén o no priorizados por la Sala de Reconocimiento.

-Subsala Tercera de la Ruta No Sancionatoria para miembros de la fuerza pública y otros (SUB3NSFP): conoce de los crímenes que se atribuyan a comparecientes adscritos o vinculados con unidades militares en los departamentos de Amazonas, Arauca, Boyacá, Caldas, Caquetá, Cundinamarca, Guainía, Guaviare, Meta, Nariño, Putumayo, Quindío, Risaralda, Santander, Vaupés y Vichada, estén o no priorizadas por la Sala de Reconocimiento.

Cada una de las tres subsalas de la Ruta No Sancionatoria para miembros de la fuerza pública y otros tienen un estimado de 2.000 a 2.100 comparecientes a quienes debe resolver su situación jurídica.