Integracion social denunció ante la fiscalía el uso del cepo a menores de edad de la comunidad Emberá en la UPI de la Rioja
–(Foto SIS). La Secretaría de Integración Social denunció ante la Fiscalía el uso del cepo como castigo a seis menores de entre 11 y 14 años de la comunidad Emberá en la Unidad de Protección Integral (UPI) La Rioja. El caso fue reportado el 28 de noviembre, tras la ausencia de uno de los adolescentes en el Centro Amar.
Uno de los adolescentes fue reportado ausente del Centro Amar por parte del personal de Integración Social y, de acuerdo con la información recibida en la UPI La Rioja, se conoció que la razón era porque se encontraba en el cepo.
De manera inmediata, la entidad procedió con la verificación de la identidad de los niños y activación de las rutas de prevención a vulneración de derechos a niños, niñas y adolescentes, que comprendieron las siguientes acciones:
Denuncia ante la Fiscalía General de la Nación, presentando los hechos para que sean investigados los delitos de violencia intrafamiliar (art.229 C.P.) y/o maltrato mediante restricción de la libertad física (art. 230 C.P.), dado que regularmente este tipo de castigos son impuestos o concertados por los padres y la comunidad como medida de corrección.
Reporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) que, junto con la defensora de familia de UPI la Rioja, -responsables de la verificación de derechos-, evidenciaron que los jóvenes habían sido liberados recientemente del cepo y se encontraban en sus instituciones educativas.
Articulación interinstitucional entre Secretaria Distrital de Salud, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y la Secretaría Distrital de Integración Social, ya que el castigo fue presuntamente impuesto a los jóvenes por el consumo de sustancias psicoactivas.
Se ha evidenciado de manera recurrente la práctica de castigos físicos mediante el uso del cepo en la unidad operativa en niñas, niños y adolescentes, y con esto un claro incumplimiento de las disposiciones constitucionales, particularmente del articulo 44 en relación al respeto protección de los derechos de los niños y las niñas, así como de las normas referidas a la prohibición del castigo físico y los tratos crueles y humillantes o degradantes a los niños y las niñas contenidos en la Ley 2089 sancionada en Colombia el 14 de mayo de 2021 y en el Código de Infancia y Adolescencia -Ley 1098 de 2006-
Asimismo, exhortamos a la población Emberá que hace presencia en la UPI La Rioja a que se abstenga de implementar los métodos de castigo de la justicia tradicional, como es el uso del cepo, ya que su aplicación en dicho lugar no se ajusta a los criterios jurisprudenciales desarrollados por la Corte Constitucional frente a los factores subjetivo, territorial, institucional y objetivo para la activación de la jurisdicción especial indígena, porque dicho predio es un bien fiscal del Distrito por lo que, como mínimo, no se cumple el factor territorial para la aplicación de la justicia tradicional indígena.
Además, el uso de este predio está destinado a la garantía y protección de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes vulnerables en Bogotá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 del Acuerdo Distrital 009 de 2022, por lo que allí se encuentra prohibida cualquier práctica que atente o ponga en riesgo sus derechos.
Siendo así, rechazamos estos hechos y reiteramos que las niñas y niños son sujetos de especial protección, sus derechos prevalecen sobre los derechos de los demás y la Secretaría continuará denunciando ante la Fiscalía las situaciones de violencia y vulneraciones, en estricta observancia a nuestra a su competencia y al deber de proteger a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
Finalmente, Integración Social insta la población Emberá, que habita en la unidad, a detener estas prácticas de maltrato a los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y a utilizar el diálogo y el afecto como las mejores lecciones para la crianza de sus hijos.